Santiago de Chile, 03 de Febrero de 2025. Las presentes bases y condiciones (Las “Bases”) son aplicables para todas aquellas personas que decidan participar del sorteo denominado “HELLO LOLLA CHILE 2025” (El “Concurso”), promovido por el Organizador.
El Concurso es organizado por Motorola Mobility Chile Ltda. (“Motorola” o el “Organizador” indistintamente), domiciliado en Apoquindo 4800, Torre 2, Piso 16, Comuna de Las Condes, Santiago, con número de RUT 76.096.433-6.
El Concurso es válido únicamente dentro del territorio de la República de Chile.
Podrán participar del Concurso todas las personas Naturales, residentes en la República de Chile, mayores de dieciocho años al 3 de Febrero de 2025, que cumplan con los requisitos de participación establecidos en el punto 5. de estas Bases (Los “Participantes”).
El Concurso tendrá vigencia del 03 de Febrero de 2025 al 13 de Marzo de 2025.
Los Participantes deberán adquirir cualquiera de los dispositivos celulares Motorola de la Familia Razr,
Familia Edge, Familia G, o familia E, a través de la página oficial de Motorola o cualquier distribuidor autorizado, en una tienda
física o virtual. Las participaciones ingresadas por cada Participante dependerán de las asignadas a
cada producto, según el siguiente listado:
Los Participantes podrán acumular participaciones hasta el día 13 de Marzo de 2025. El día 14 de Marzo de 2025 a las 12:00hs en Andrés Fuenzalida 75, Providencia, el Organizador realizará un sorteo mediante un mecanismo de selección al azar entre todas las participaciones. Del sorteo resultaran potenciales ganadores 21 Participantes. El Organizador verificara el cumplimiento de lo establecido en estas Bases para determinar que estos potenciales ganadores puedan ser acreedores del premio descrito en el punto 7. de estas Bases (Los “Ganadores”). Cada participante podrá resultar Ganador una sola vez, de manera que si dos de sus participaciones resultan Ganadoras, una de las dos resultará excluida. El Organizador seleccionará en este mismo acto 21 ganadores suplentes, estableciendo un orden de preferencia entre ellos, quienes serán acreedores del premio descrito en el punto 7 de estas bases, en caso de que alguno de los ganadores principales no puedan ser acreedores del premio, cualquiera sea el motivo (Los “Suplentes”). En caso de que ninguno de los Ganadores o los Suplentes pueda ser acreedor del premio, el Concurso será considerado desierto y el Organizador podrá disponer del premio de la manera que estime conveniente. El Organizador publicará el listado de Ganadores por los mismos medios utilizados para dar publicidad a estas Bases.
Los Ganadores del Concurso serán acreedores cada uno de 2 entradas generales diarias al festival Lollapalooza Chile 2025. Las entradas a entregarse a cada Ganador serán válidas para uno solo de los tres días que dure el festival. El Organizador informará al Ganador la fecha para la que es válida su entrada al momento de la entrega (El “Premio”). Cualquier gasto adicional que pudiera derivarse del efectivo disfrute del Premio, como puede ser el costo de traslado del Ganador o Suplente al evento, corre por cuenta del Ganador o Suplente. El Premio es personal e intransferible y no puede ser intercambiado por dinero ni por cualquier otra prestación.
El día 14 de Marzo de 2025, luego de realizado el sorteo indicado en el punto 6. , el Organizador contactará a los Ganadores por medio de correo electrónico y llamada telefónica al número de teléfono y dirección de correo electrónico consignados por los Ganadores en el formulario del punto 5. de estas Bases. Cada Ganador contará con un plazo de 72hs corridas desde que el Organizador lo contacta para informar al Organizador que acepta el Premio, y suministrarle los datos que este requiera para poder hacerle la efectiva entrega del Premio. En caso de que un Ganador no conteste el mensaje del Organizador dentro del plazo consignado en el párrafo anterior, o por cualquier otro motivo no pueda ser acreedor del premio, este Ganador quedará excluido del premio y el Organizador contactará a los Suplentes, según su orden de preferencia, para que reemplacen al Ganador excluido. Cada Suplente contará con un plazo de 24hs corridas para dar respuesta al mensaje que le envíe el Organizador, y quedará excluido por las mismas causales que los Ganadores.
Los Participantes aceptan que, en la medida en que la ley aplicable lo permita, el Organizador no será responsable por aquellos acontecimientos cuya ocurrencia no dependa del Organizador y que impidan la ejecución del Premio, la selección de posibles ganadores y la entrega y goce de los Premios. La limitación de responsabilidad acá mencionada incluye, pero no se limita, a los siguientes casos:
El Organizador tendrá, en cualquier momento, las facultades que se indican a continuación, las cuales los Participantes declaran aceptar, entender y reconocer mediante su participación en la campaña:
La política de tratamiento de datos personales se realiza de conformidad con la política estándar de Motorola para la protección de datos personales, disponibles a través del enlace
Los Participantes autorizan al Organizador y/o a quien este designe para que realicen tomas fotográficas y/o de video de su imagen, o para que lleven a cabo grabaciones magnetofónicas de su voz e imagen y las publiquen en cualquier medio, ya sea televisivo, cinematográfico, radial, gráfico, Internet, etc., o cualquier otro medio existente o por existir, los que por su naturaleza tienen alcance global. Con su participación en esta Actividad, los Participantes aceptan, si así les es requerido por el Organizador, que se les tomen fotografías que podrán ser utilizadas por el Organizador en la labor de promocionar sus productos con fines publicitarios por un plazo de 2 años.